Mediante la Resolución N°452/2020, se recomienda a la población la utilización del protector facial para circular en la vÃa pública en el ejido municipal; asimismo para instituciones públicas y privadas que tengan atención al público a partir del dÃa de la fecha.
Ante la emergencia sanitaria y epidemiológica, el Intendente de la Ciudad de Oberá, Dr. Carlos Fernández, en el uso de las facultades que le confiere la Carta Orgánica Municipal, resolvió adherirse al Decreto Provincial N° 450/20 en el que se instruye la utilización de protectores nasales y bucales obligatorio en su territorio, con el objetivo de proteger a la población de infectados asintomáticos.
En este sentido, el Gobierno de la Ciudad de Oberá resolvió, ESTABLECER la obligatoriedad, a partir del dÃa de la fecha, del uso de mecanismos de protección nasal y bucal en todo el ejido urbano de la ciudad de Oberá en atención a la situación epidemiológica existente. El uso obligatorio es comprensivo de todo lugar de circulación pública, tales como bancos, supermercados, estaciones de servicio, transporte público de pasajeros y demás actividades de concurrencia de personas. Los rubros descriptos son meramente enunciativos.
RECOMENDAR a la población en general extremar las medidas de cuidado y protección personal, la higiene y el respeto de las distancias mÃnimas establecidas como principales medidas de seguridad; asà como también a utilizar las medidas de protección establecidas anteriormente, en casos de interacción o cercanÃa con personas fuera de su hogar.
NUEVA ACTIVIDAD HABILITADA
AUTORIZAR la actividad notarial en el ejido urbano de la ciudad de Oberá, en los términos de la Decisión Administrativa de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación N° 467/2020.
HORARIOS DE ATENCIÓN EN DEPENDENCIAS MUNICIPALES
ESTABLECER que a partir del dÃa lunes 13 de abril, el horario de atención en las dependencias municipales indispensables será de 8 a 12 horas. Dicha atención deberá resguardar las medidas de prevención y protección establecidas hasta la fecha.