A partir del próximo 5 de mayo, las personas varadas en distintos puntos del país por al aislamiento social vigente por el coronavirus podrán regresar a sus domicilios habituales para seguir con la cuarentena una vez que tengan la autorización de los gobiernos provinciales, que a su vez deberán comunicar la decisión de habilitar el retorno y solicitar el permiso para concretarlo a la Jefatura de Gabinete nacional, según se estableció hoy en el Boletín Oficial.
El documento, firmado por los ministros de Transporte, Mario Meoni, y del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, aclara que los interesados deberán viajar “por única vez”, en “vehículos particulares” y cumpliendo una serie de normas que se redactaron para este fin en particular, siempre y cuando hayan recibido previamente la autorización para hacerlo por parte de las autoridades de la jurisdicción a la cual quieren volver.
En un reglamento especial que se publicó junto a la Resolución, se explicó que cada provincia, así como también la Ciudad de Buenos Aires, “abrirá y administrará un registro» de los ciudadanos residentes en cada distrito que actualmente están cumpliendo el aislamiento en otro lado y quieran retornar a sus hogares.
Estas personas “deberán inscribirse” en el registro que les corresponda según el distrito al que deseen regresar y completar una planilla con los datos personales, como nombre, apellido, DNI, patente del auto en el que circularán, punto de origen y de destino, entre otras cosas.
Las autoridades de cada lugar “aprobarán o desestimarán las solicitudes” hechas por los varados basándose en “la capacidad de ingreso diario de cada jurisdicción, en condiciones de seguridad sanitaria, comunicando la decisión a los solicitantes”.
Además, los interesados tendrán que esperar la confirmación si es que necesitan que un auto los vaya a buscar hasta el lugar donde se encuentran haciendo la cuarentena, en el caso de que no cuente con un medio de transporte propio.
“A partir del día martes 5 de mayo de 2020, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires informarán diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, a través de una nota suscripta por el señor Gobernador, Gobernadora o el Jefe de Gobierno-o el funcionario público delegado al efecto-, solicitando, asimismo, la emisión del ‘Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual’”, se aclaró.
De acuerdo con el reglamento, “una vez recibida la información completa, se habilitará la emisión del Certificado para el regreso al domicilio habitual, que cada jurisdicción deberá remitir a los interesados y que será el único permiso de circulación necesario para trasladarse desde su lugar de origen hasta su lugar de destino”.
Esta autorización “tendrá una vigencia de noventa y seis (96) horas computadas a partir de su emisión”, aunque se resaltó que los que viajen “deberán observar las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias y de seguridad establecidas” en el marco de la pandemia por el coronavirus.
EN OBERÁ
Todas las personas residentes de la provincia de Buenos Aires que se encuentran en la ciudad de Oberá (únicamente) y decidan regresar a sus domicilios, deberán comunicarse al 0800 888 6865 para ingresar en la lista.
La Dirección de Turismo local se encarga de la elaboración del listado de las personas oriundas de Buenos Aires que no pudieron volver a su provincia. Subrayando que es únicamente para los que estén en Oberá, no se atenderá a los de otros municipio. Del mismo modo aquellas personas que sean residentes de Oberá que se encuentren varados en Buenos Aires, deben comunicarse al mismo número y allí se estará agendando en lista para que puedan volver a nuestra ciudad.